"El derecho a la defensa de los infractores de transito, frente a las fotomultas en el municipio de los patios (N.S.) "

By: Contreras Urrego, MaryluzContributor(s): Flórez García, María Angélica [Autor] | Jaimes Fernández, Carlos Alberto Mg [Director de Trabajo ] | Rueda Martínez,German Andrés Dr [Asesor Metodológico]Material type: Computer fileComputer fileLanguage: Spanish Series: DERECHOPublisher: Cúcuta Universidad de Santander, UDES 2018Description: 129 p. CDOther classification: T 29.18 Dissertation note: Programa de Derecho – Facultad de Ciencias Sociales, Políticas y Humanas – Abogado – Universidad de Santander UDES – Campus Cúcuta 2018. Summary: La investigación para analizar el derecho a la defensa de los infractores de tránsito, frente a las fotomultas en el Municipio de Los Patios, N.S., presenta un examen de la consagración legal de las fotomultas en Colombia; a la vez identifica posibles irregularidades en cuanto al debido proceso y derecho a la defensa de los infractores de tránsito que han sido objeto de fotomultas en dicho municipio; además, determina las garantías frente al derecho a la defensa y al debido proceso de los infractores de transito que han sido objeto de fotomultas en este municipio, y finalmente, examina las acciones emprendidas en ese municipio, frente a la eliminación de las fotomultas. El estudio conjugo dos tipos de investigación, como son el exploratorio y el descriptivo. La población y muestra, está conformada por 50 conductores que han sido sancionados por fotomultas en ese municipio, y un Inspector de Tránsito del Instituto de Tránsito de Los Patios. Asimismo, hicieron parte de éstas las Leyes 769 de 2002, 1383 de 2010, 1843 de 2017, la Resolución 718 de 2018, y la Sentencia T-051 de 2016 de la Corte Constitucional. La investigación permitió concluir que existe un alto grado de desinformación acerca de los trámites que deben adelantar los propietarios de los vehículos que han sido detectados por las cámaras de fotomultas cometiendo una infracción y que por tal motivo se las ha impuesto un comparendo, ya que en ningún momento se les está violando el derecho a la defensa, dado que si el ciudadano se encuentra en desacuerdo con el comparendo, puede presentarse personalmente o por medio de un Apoderado, durante los siguientes once (11) días hábiles al recibo de la notificación del comparendo, a solicitar una audiencia pública, durante la cual podrá presentar las pruebas que considere útiles para su defensa.
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Colección de Monografías y Trabajos de Grado T 29.18 C668e (Browse shelf) vol.1 Ej: 1 Not for loan C13455
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Programa de Derecho – Facultad de Ciencias Sociales, Políticas y Humanas – Abogado – Universidad de Santander UDES – Campus Cúcuta 2018.

La investigación para analizar el derecho a la defensa
de los infractores de tránsito, frente a las fotomultas en el Municipio de
Los Patios, N.S., presenta un examen de la consagración legal de las
fotomultas en Colombia; a la vez identifica posibles irregularidades en
cuanto al debido proceso y derecho a la defensa de los infractores de
tránsito que han sido objeto de fotomultas en dicho municipio; además,
determina las garantías frente al derecho a la defensa y al debido proceso
de los infractores de transito que han sido objeto de fotomultas en este
municipio, y finalmente, examina las acciones emprendidas en ese
municipio, frente a la eliminación de las fotomultas.
El estudio conjugo dos tipos de investigación, como son el exploratorio y
el descriptivo. La población y muestra, está conformada por 50
conductores que han sido sancionados por fotomultas en ese municipio,
y un Inspector de Tránsito del Instituto de Tránsito de Los Patios.
Asimismo, hicieron parte de éstas las Leyes 769 de 2002, 1383 de 2010,
1843 de 2017, la Resolución 718 de 2018, y la Sentencia T-051 de 2016
de la Corte Constitucional.
La investigación permitió concluir que existe un alto grado de
desinformación acerca de los trámites que deben adelantar los
propietarios de los vehículos que han sido detectados por las cámaras
de fotomultas cometiendo una infracción y que por tal motivo se las ha
impuesto un comparendo, ya que en ningún momento se les está
violando el derecho a la defensa, dado que si el ciudadano se encuentra
en desacuerdo con el comparendo, puede presentarse personalmente o
por medio de un Apoderado, durante los siguientes once (11) días hábiles
al recibo de la notificación del comparendo, a solicitar una audiencia
pública, durante la cual podrá presentar las pruebas que considere útiles
para su defensa.

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