Análisis socio-jurídico de la ley 675/2001 (regimen propiedad horizontal) en el marco de los organismos de dirección y control.

By: Rodríguez López, Angelica Maria - García Antolinez, GustavoContributor(s): Hernández, Luis Carlos Dr [Director de Proyecto] | Rueda Martinez, German Andres Mg [Asesor Metodológico]Material type: Computer fileComputer fileLanguage: SPA Series: DerechoPublisher: Cúcuta Universidad de Santander, UDES 2017Description: 160 p. CDOther classification: T 29.17 Dissertation note: Programa de Derecho - Facultad de Ciencias Sociales y Humanas. - Abogado. - Universidad de Santander UDES - Campus Cúcuta. - 2017 Summary: Luego de la Ley 182 de 1948 (régimen de propiedad de pisos y departamentos de un mismo edificio), surge el actual régimen de propiedad horizontal Ley 675 de 2001 el cual recoge de manera general este sistema jurídico; Sin embargo, sigue quedando con algunos “vacíos”, que dan libertad de libre interpretación y una nueva actividad profesional que requiere del estudio permanente no solo de la ley 675, por cuanto, se ha desarrollado la idea de negocio de administración de propiedad horizontal, para asesorar a los copropietarios respecto a lo que se debe seguir en ámbitos legales, administrativos y técnicos, Sin embargo, no existe un ente gubernamental que los vigile y avale en el desempeño de sus funciones. El objetivo de este Estudio es Realizar un análisis socio- jurídica sobre los vacíos existentes en la Ley 675/2001 (Régimen Propiedad Horizontal) con referencia a la responsabilidad de los organismos de dirección en los Conjuntos sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal, Con este fin, la pregunta de investigación es la siguiente: ¿La ley 675/2001 (Régimen de propiedad horizontal) reglamento de forma idónea a los organismos de control y administración, (Asamblea general, consejos de administración, administradores, revisor fiscal) en la propiedad horizontal)? En dicha ley, en este contexto donde convergen unidades privadas con bienes comunes, existen vacíos legales que el estado colombiano no ha regulado en forma expresa; La pregunta de investigación se responde a través de una revisión documental de la norma mencionada, el cual es basa en la técnica de observación y en la experiencia. Teniendo esto en cuenta se recomienda sugerir la creación de una superintendencia especializada, que vigile, controle e inspeccione este sector.
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Colección de Monografías y Trabajos de Grado T 29.17 R627a (Browse shelf) Vol. 1 Ej. 1 No prestable C19107
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Programa de Derecho - Facultad de Ciencias Sociales y Humanas. - Abogado. - Universidad de Santander UDES - Campus Cúcuta. - 2017

Luego de la Ley 182 de 1948 (régimen de propiedad de pisos y departamentos de un mismo edificio), surge el actual régimen de propiedad horizontal Ley 675 de 2001 el cual recoge de manera general este sistema jurídico; Sin embargo, sigue quedando con algunos “vacíos”, que dan libertad de libre interpretación y una nueva actividad profesional que requiere del estudio permanente no solo de la ley 675, por cuanto, se ha desarrollado la idea de negocio de administración de propiedad horizontal, para asesorar a los copropietarios respecto a lo que se debe seguir en ámbitos legales, administrativos y técnicos, Sin embargo, no existe un ente gubernamental que los vigile y avale en el desempeño de sus
funciones.
El objetivo de este Estudio es Realizar un análisis socio- jurídica sobre los vacíos existentes en la Ley 675/2001 (Régimen Propiedad Horizontal) con referencia a la responsabilidad de los organismos de dirección en los Conjuntos sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal, Con este fin, la pregunta de investigación es la siguiente: ¿La ley 675/2001 (Régimen de propiedad horizontal) reglamento de forma idónea a los organismos de control y administración, (Asamblea general, consejos de administración,
administradores, revisor fiscal) en la propiedad horizontal)? En dicha ley, en este contexto donde convergen unidades privadas con bienes comunes, existen vacíos legales que el estado colombiano no ha regulado en forma expresa; La pregunta de investigación se responde a través de una revisión documental de la norma mencionada, el cual es basa en la técnica de observación y en la experiencia. Teniendo esto en cuenta se recomienda sugerir la creación de una superintendencia especializada, que vigile, controle e inspeccione este sector.

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